jueves, 8 de diciembre de 2016

Planes de Pensiones, ventajas e inconvenientes

Últimamente no paramos de oír y leer en todos los medios de comunicación el problema que tenemos o más bien tendremos los españoles con las pensiones públicas, por lo que nos dicen, parece que los que ahora somos jóvenes no recibiremos nada o muy poco de las pensiones públicas, ya que la hucha de las pensiones se habrá agotado cuando llegue nuestra edad de jubilación. Por lo tanto, una de las soluciones que podemos adoptar es crear nuestro plan de pensiones privado y no depender del Estado. Pero, ¿Conocemos las ventajas e inconvenientes de los planes de pensiones y los tipos que hay? Vamos a verlo.



Como complemento a este artículo, os recomiendo antes leer este otro artículo que profundiza en el verdadero problema de las pensiones públicas y posibles soluciones que podría proponer el estado, Reparto vs Capitalización.

Antes que nada, voy a explicar en qué consiste un plan de pensiones: cuando contratamos un plan de pensiones (PP) a lo que nos comprometemos principalmente es a aportar todos los meses una cantidad que nos sea asequible, que podamos pagar todos los meses independientemente de si nuestra economía empeora o no, hasta nuestra jubilación. Este capital se irá acumulando y dando intereses, hasta que llegue el momento de nuestra jubilación en el que rescataremos las rentas aportadas más los intereses.

Este rescate se puede hacer mediante renta vitalicia, capital total y forma mixta.

Rescate por renta vitalicia: Como la palabra indica, consiste en recibir rentas periódicas hasta nuestro fallecimiento o bien por un tiempo establecido.

Rescate del capital integro: Nos darán el capital integro que hemos aportado hasta este momento más los intereses.

Rescate de forma mixta: Parte en capital y parte por rentas periódicas.

Fiscalmente resulta más interesante la renta vitalicia, ya que al tributar por IRPF si rescatáramos de golpe todo el capital el tramo fiscal sería más alto y pagaríamos más impuestos. 

  • Renta Vitalicia: Cobraríamos una cantidad mensual y a la hora de tributar pagaríamos un % por   el total recibido en el año, dependiendo del tramo en el que nos encontremos. Puede variar entre el 19% y el 45% como vemos en la tabla de abajo.
  • Capital: Cobraríamos toda la cantidad de una sola vez y como lo más seguro es que esta cantidad supere los 60.000€ tributaríamos por el tramo más alto. 


Como vemos, normalmente tributaríamos menos mediante una renta vitalicia que en forma de capital.

Durante el tiempo que estemos aportando al plan de pensiones nos podremos desgravar al hacer la declaración de la renta reduciendo la base imponible, el límite que podremos disminuir la base imponible será la menor de: 
  • 8000€
  • 30% de los RN de trabajo y actividades económicas.

Una vez explicada de forma general la fiscalidad de los PP vamos a ver los tipos de planes de pensiones que hay:

  • PPA (Planes de Pensiones Asegurados): En estos planes de pensiones el riesgo es menor, el tipo de interés está asegurado, tipo de interés técnico, aunque habrá que restarle los gastos que conlleva la contratación del plan de pensiones. 
  • PPI (Plan de Pensiones Individual): Este tipo de planes de pensiones suelen tener más riesgo, ya que su rentabilidad suele depender de algún fondo de inversión. Podríamos decir que varía con la renta variable con lo que esto conlleva. Su rentabilidad a largo plazo suele ser mayor que la del PPA.
Por lo tanto, la elección de uno u otro debería depender del tiempo que nos quedase hasta la jubilación. Si somos jóvenes y el plazo es largo lo ideal sería un PPI, ya que la rentabilidad a largo plazo será mayor y cuando se acerca nuestra edad de jubilación proteger nuestro plan de pensiones pasándolo a un PPA. Hay que recordar que suele ser así por lo general, pero si la gestión del PPI no es la adecuada la rentabilidad podría ser tan baja como un PPA o incluso negativa.

Por último y no por ello menos importante comentar que el rescate de los planes de pensiones, cuyas aportaciones sean con anterioridad a enero de 2015 no se podrá hacer hasta la jubilación, con estas excepciones:
  • Casos de invalidez del partícipe.
  • Casos de paro de larga duración.
  • Casos de enfermedad grave.
  • Por la muerte del partícipe, en cuyo caso el dinero pasará a sus herederos o quien éste hubiese designado como beneficiario.
  • Por desahucio de la vivienda, pero sólo si con el dinero del plan se consigue evitar el desahucio de la casa. En caso contrario, el dinero permanecerá donde está
  • Pasados 10 años desde la primera aportación a contar desde el 1 de enero de 2015. De esta forma, el capital invertido en 2015 se podrá recuperar en 2025, el de 2016 en 2026 y así sucesivamente.

Como resumen vamos a ver las ventajas y los inconvenientes:

Ventajas:
  • Pagaremos menos a hacienda mientras estemos aportando al PP
  • Tendremos cubierta nuestra jubilación
  • Poder aprovecharse de la rentabilidad de los mercados
Inconvenientes:
  • Alta tributación a la hora de rescatarlo en forma de capital
  • Una mala gestión del PPI puede provocar bajas rentabilidades
  • El rescate del PP está pensado a muy largo plazo >10 años

No dejéis de consultar cualquier duda que tengáis en los comentarios o bien a través del contacto.

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